La CNMV ha sancionado a Bankinter por la comisión de dos infracciones muy graves.
El BOE de 4 de octubre de 2016 publica las sanciones firmes en vía administrativa impuestas a Bankinter S.A. por la comisión de dos infracciones muy graves.
La primera por incumplimiento de lo establecido en el artículo 79 bis) de la Ley del Mercado de Valores, por la no realización del test de conveniencia o su realización inadecuada en casos de clientes que contrataron swaps entre el 1 de enero de 2008 y el 31 de enero de 2009. Se le impone una multa de cuatro millones de euros.
La segunda por incumplimiento de lo ordenado en artículo referido anteriormente, en relación con la evaluación con la evaluación de conveniencia por clientes minoristas, sobre instrumentos financieros complejos (bonos estructurados). La multa por este motivo es de 100.000 euros.
Estas multas, son firmes en vía administrativa, pudiendo ser revisadas ante la jurisdicción contencioso administrativa.
Llama la atención la baja cuantía de las sanciones, con relación al volumen efectivamente contratado por el banco.
Bankinter fue uno de las entidades más activas comercializando tanto permutas financieras (principalmente bajo las denominaciones “Intercambio tipos/cuotas” y “clips”).
Por otra parte, se empleó a fondo en la comercialización de bonos estructurados. Solamente en bonos estructurados de Lehman Brothers vendió un importe de 89 millones de euros a 980 clientes (fuente Europa Press). La inversión mínima era de 50.000 euros por titular . Además comercializó el Bono Clip Selección y el Bono Clip Selección Capital. Por último, colocó entre sus clientes bonos de los bancos islandeses Landsbanki y Kaupthing. La multa de 100.000 euros parece “calderilla” comparado con el perjuicio que causaron a los clientes y con los beneficios que obtuvo el banco con su comercialización.