El Juzgado de Primera Instancia nº 22 de Valencia ha declarado la nulidad de unas adquisiciones de participaciones preferentes y obligaciones subordinadas, condenando a Bankia al pago de 45.000 euros con devolución de rendimientos, intereses legales y al pago de las costas en sentencia de 21 de enero de 2014.
Muy frecuentemente nos plantean la cuestión de si se puede reclamar una vez que se vendieron las participaciones preferentes, o “Valores Santander”, bonos estructurados, autocancelables y demás productos del “bestiario” de la mala praxis bancaria.
Utilizamos cookies propias y de terceros para mejorar la experiencia de navegación. Si continúa navegando, consideramos que acepta su uso.AceptarPolítica de cookies
Política de cookies
Resumen de privacidad
Este sitio web utiliza cookies para mejorar su experiencia mientras navega por el sitio web. De estas, las cookies que se clasifican como necesarias se almacenan en su navegador, ya que son esenciales para el funcionamiento de las funcionalidades bás...
Las cookies necesarias son absolutamente esenciales para que el sitio web funcione correctamente. Estas cookies garantizan funcionalidades básicas y características de seguridad del sitio web, de forma anónima.
Any cookies that may not be particularly necessary for the website to function and is used specifically to collect user personal data via analytics, ads, other embedded contents are termed as non-necessary cookies. It is mandatory to procure user consent prior to running these cookies on your website.