Categorías
Bancario Blog Hipoteca inversa Seguro de renta vitalicia Seguro vinculado a préstamo Seguros

Guía para reclamar la hipoteca inversa

hipoteca inversa

La hipoteca inversa permite recibir una renta sin perder la titularidad de su vivienda

 Consulte su caso ahora

La hipoteca inversa permite al propietario de un inmueble, siempre que reúna determinadas condiciones, obtener un préstamo cuya garantía es su vivienda habitual. Su particularidad radica en que no será él quien pague mensualmente al banco, sino que este le abonará rentas mensualmente, salvo que se pacte la entrega del capital prestado en un único pago. 

Esta operativa convierte a la hipoteca inversa en un producto adecuado para obtener rentas complementarias a la pensión, con la ventaja mantener la propiedad del inmueble. Es decir, el prestatario puede seguir habitándolo e incluso alquilarlo para obtener rentas adicionales.

Sin embargo, estos productos crediticios también presentan una serie de riesgos. Desde la progresiva devaluación de las rentas obtenidas (por efecto de la inflación, ya que no se actualizan) hasta la posibilidad de sobrevivir a la esperanza de vida calculada, perdiendo repentinamente los ingresos.

A continuación vamos a explicar en detalle cómo funciona este instrumento, así como sus ventajas e inconvenientes. De este modo se entenderán los riesgos que implica, no siempre explicados por las entidades de crédito que lo comercializan.

Por tanto, también hablaremos de cómo reclamar la hipoteca inversa, cuya vía más frecuente será la anulación por error en el consentimiento, al haber faltado el banco a sus obligaciones informativas.

Qué es una hipoteca inversa

La hipoteca inversa es un préstamo que se garantiza hipotecando la vivienda habitual (u otras) y permite que los beneficiarios obtengan rentas periódicas o un pago automático cuya devolución no será exigible hasta su fallecimiento.

Pueden ser beneficiarios de la hipoteca inversa:

  • Mayores de 65 años.
  • Personas con una discapacidad reconocida igual o superior al 33 %.
  • Y personas en situación de dependencia.

Estas personas, por medio de la hipoteca inversa, recibirán una cantidad de dinero en uno o varios pagos, cuya cuantía dependerá fundamentalmente de:

  • El precio de su vivienda.
  • Y su esperanza de vida.

Este préstamo vence en el momento del fallecimiento del beneficiario. De modo que cuando se produzca el deceso, sus herederos podrán optar entre amortizar el préstamo o permitir que el banco ejecute la vivienda hipotecada.

Por tanto, al contrario de lo que ocurre con las hipotecas corrientes, la tendencia natural de la hipoteca inversa es ir creciendo. En lugar de amortizarse progresivamente el capital, este irá creciendo con cada renta abonada al beneficiario.

Además, la hipoteca inversa presenta una serie de ventajas, como que el hipotecado puede alquilar e incluso disponer de la vivienda hipotecada, ya que conserva su propiedad.

Tras explicar la historia y contexto de este tipo de productos entraremos en su regulación legal, principalmente contenida en la Ley 41/2007. De este modo conocerás el marco regulatorio de este producto de crédito, el modo en que se ha comercializado, cuáles son tus derechos al contratarlo y, en su caso, cómo reclamar una hipoteca inversa.

Trayectoria de la hipoteca inversa

La hipoteca inversa es un producto financiero que aparece en los años sesenta y setenta. Uno de los países donde más se popularizó fue el Reino Unido, donde una mala experiencia en la década de los 60 llevó a que se elaboraran códigos de conducta (SHIP) y se mejorara el diseño del producto.

Estos instrumentos también tuvieron un éxito considerable en Estados Unidos, por lo que parece que los mercados que más resistencia ofrecen son los de la Europa Continental. En realidad, podemos explicar estas resistencias por una cuestión cultural, relacionada con la valoración de la propiedad de la vivienda habitual y del legado dejado a la descendencia.

Pero actualmente numerosas empresas financieras y de crédito (e incluso el propio Banco de España) han empezado a promocionar estos productos en el mercado español. Y es que, como veremos, se trata de un mercado objetivo más que suculento, donde solo el 0,001 % del mercado potencial ha accedido a contratar estos productos..

La hipoteca inversa en España

Las hipotecas inversas son productos financieros, como hemos visto, con una larga trayectoria. Sin embargo, en España siempre han encontrado una barrera, relacionada con la idiosincrasia de nuestros conciudadanos.

La adquisición de la vivienda habitual ha representado siempre uno de los objetivos y los hitos vitales de cualquier familia. Esto hace que los propietarios sean reacios a deshacerse de sus propiedades inmobiliarias.

Nuestros mayores: público objetivo de las hipotecas inversas

Debemos tener en cuenta que el colectivo más destacado por sus propiedades inmobiliarias es el compuesto por nuestros mayores. Años de ahorros se materializan en la propiedad de la vivienda habitual y, en ocasiones, una segunda residencia o alguna propiedad menor como garajes o trasteros.

Pero también es este colectivo el más aquejado por las necesidades económicas actuales. Gran parte del impacto de la crisis de 2008 en las familias, de hecho, pudo absorberse gracias a las pensiones de nuestros mayores y al ahorro que supuso no tener que pagar rentas de alquiler por poder convivir en sus propiedades.

Además, nuestros pensionistas van perdiendo poder adquisitivo paulatinamente. A lo que se suma que es no todos los pensionistas han planificado su futuro financiero adecuadamente. Por ejemplo, esto suele ocurrir con nuestros autónomos, que acogidos a la base mínima de cotización llegan a la edad de jubilación con pensiones alarmantemente reducidas.

Así, se juntan dos elementos que explican por qué España es el caldo de cultivo idóneo para la hipoteca inversa:

  • Se trata de un producto dirigido a mayores de 65 años, que precisamente es un colectivo con una amplia cartera inmobiliaria en España. Lo que les permite recurrir a la hipoteca inversa si necesitan financiación.
  • Y, a su vez, padecen de una reducción progresiva de su nivel adquisitivo, debido a unas pensiones cuya actualización no es capaz de seguir el crecimiento del precio de vida.

Precisamente es en este marco donde nos encontramos ahora: pese a las reticencias tradicionales, la hipoteca inversa se abre camino, prometiendo ser un producto cada vez más socorrido. Por eso es crucial que existan profesionales jurídicos capaces de asesorar a la ciudadanía y, en los peores casos, guiar sus reclamaciones y la reivindicación de sus derechos.

La idoneidad de la hipoteca inversa en España

Como decimos, la cultura española es propicia a la adquisición de vivienda. De hecho, y aunque este porcentaje desciende progresivamente, en torno al 90 % de nuestros mayores son propietarios de su vivienda habitual, tratándose de la cifra más elevada del entorno europeo.

Esto implica que el mercado español es es más adecuado para la introducción de las hipotecas inversas, ya que se trata del mayor de Europa pese a que, como indicamos, solo el 0,001 % de los propietarios mayores de 65 años recurra a este producto.

Pero, al margen de la oportunidad de negocio de las financieras, que explica por qué están promocionando este tipo de productos, ¿interesa la hipoteca inversa al ciudadano español?

Lo cierto es que nos encontramos en un momento delicado para los pensionistas, ya que:

  1. Nuestras pensiones son de las más reducidas del entorno. Así, la hipoteca inversa sería un producto adecuado para complementar la pensión.
  2. Además, la sostenibilidad de nuestro sistema de pensiones está en tela de juicio debido a la configuración del propio sistema, al aumento de la población pasiva y al decremento de la activa.
  3. Lo que se agrava por la escasez de productos de previsión contratados por nuestra población.

Así que la hipoteca inversa no solo es favorable para las entidades de crédito, sino que también puede serlo para nuestros ciudadanos mayores de 65 años o dependientes.

Cómo funciona la hipoteca inversa

En definitiva, la hipoteca inversa permite a determinados beneficiarios obtener una renta o capital prestados a cambio de establecer su vivienda como garantía. Aquí encontramos el primer elemento determinante de la hipoteca inversa, que son las condiciones para ser beneficiario.

Solo podrán contratar estos productos las personas mayores de 65 años,  o que tengan una discapacidad reconocida del 33 % o más o se encuentren en situación de dependencia. Además, deberán ser los propietarios de la vivienda para poder hipotecarla.

Una vez establecida la hipoteca, el propietario de la vivienda tiene dos opciones:

  1. Recibir un capital determinado en un pago único. Su valor será proporcional al valor de la vivienda. También se tendrá en cuenta la esperanza de vida del hipotecado, pues determina el momento de vencimiento del préstamo.
  2. Recibir rentas periódicas. De nuevo, para valorarlas se tendrá en consideración tanto el valor de la vivienda como la esperanza de vida del beneficiario. En ambos casos, se siguen estos principios para el cálculo de las cuotas o capital disponible:
    1. Cuanto más valga la vivienda, más cuantiosas serán las cuotas recibidas. Pero es fundamental entender que una vez alcanzado el valor de la vivienda dejarán de abonarse las rentas (pese a que la deuda seguirá devengando intereses).
    2. Cuanto más mayor sea el beneficiario, más cuantiosas serán las cuotas recibidas. Básicamente se trata de establecer una relación entre el valor total del capital disponible (que depende del valor de la vivienda) y el tiempo que tardará el banco en recuperar su inversión (que depende de la esperanza de vida de su cliente).

Independientemente de que el hipotecado opte por recibir el capital en un pago único o por percibir una renta, las cantidades recibidas no serán exigibles hasta su fallecimiento. De modo que no tendrá que pagarlas personalmente.

Así, sus sucesores podrán optar entre heredar la vivienda y, con ella, las deudas derivadas de la hipoteca inversa, o bien repudiar ambas. Recordemos que esas deudas no solo se componen del capital prestado, sino también de los intereses devengados y otros gastos.

Entonces, ¿la hipoteca inversa funciona como una pensión?

No. No deben confundirse las pensiones y las rentas de la hipoteca inversa. La diferencia fundamental radica en el elemento que ya hemos detallado: una vez amortizada la vivienda, el banco dejará de pagar rentas. Pese a ello, las deudas seguirán devengando intereses.

Esto supone que si el hipotecado vive más años de los esperados por la financiera, durante el último tramo de su vida tendrá que arreglárselas sin las rentas derivadas de la hipoteca inversa. Por supuesto, podrá seguir habitando la vivienda e incluso alquilarla.

Así, un mal cálculo podría llevar a que se agoten las rentas antes de fallecer, volviéndose a la situación de necesidad que se suplió con la hipoteca o, al menos, empeorando la calidad de vida del hipotecado.

Este riesgo puede reducirse mediante un seguro de rentas vitalicias u otros instrumentos de cobertura. De hecho, es frecuente que si se solicita el préstamo de la hipoteca en un único pago, gran parte se dedique a financiar uno de estos seguros.

¿Y como una compraventa?

Tampoco. Debemos tener en cuenta que la compraventa supone una traslación de la propiedad. Sin embargo, cuando se solicita una hipoteca inversa se conserva la propiedad sobre la vivienda.

Esto implica que el hipotecado, mientras recibe las rentas del banco, puede seguir viviendo en su casa e incluso alquilarla a terceros. Bajo determinadas circunstancias podría incluso venderla.

Como ya hemos indicado, la amortización del préstamo no se produce hasta el fallecimiento del hipotecado. Lo cual implica que este mantendrá la propiedad de su vivienda de forma vitalicia.

Por eso, muchas personas que ingresan en una residencia solicitan una hipoteca inversa y alquilan simultáneamente la vivienda hipotecada, obteniendo dos rentas para hacer frente a sus nuevos gastos.

¿Cuáles son las ventajas de las hipotecas inversas?

La principal ventaja de la hipoteca inversa es que el prestatario puede obtener liquidez de su vivienda sin la necesidad de venderla. Cualquier otro producto financiero requeriría que abandonara su domicilio, mientras que este le permite seguir viviendo en él e incluso arrendarlo para obtener rentas adicionales.

Una segunda ventaja es que es más sencilla de solicitar que una hipoteca corriente. Recordemos que en esta operación es el banco quien debe pagar las cuotas y la vivienda ya es propiedad del prestatario. De modo que la entidad de crédito no exigirá avales ni otras garantías, más que la propia vivienda.

Además, no se trata de un préstamo finalista, lo que permite que el hipotecado destine las rentas o el capital obtenido a la finalidad que desee.

Por último, las hipotecas inversas se benefician de una serie de incentivos fiscales. Estos están regulados en la Ley 41/2007 y representan una apuesta del legislador por este tipo de instrumentos de crédito.

¿Qué clase de ventajas fiscales conlleva la contratación de una hipoteca inversa?

La Ley 41/2007 permite al hipotecado disfrutar de diferentes exenciones y beneficios fiscales. Así, refleja la voluntad de los poderes públicos de fomentar el uso de las hipotecas inversas, ya que conlleva:

  • La exoneración del Impuesto de Actos Jurídicos Documentados.
  • Una reducción del 90 % de los aranceles registrales.
  • La consideración como documento sin cuantía a efectos de costes notariales.
  • Y la exención respecto al IRPF del capital o rentas derivados de la hipoteca inversa.

¿Y sus desventajas?

En definitiva, estos productos financieros cuentan con numerosas ventajas. Pero no sería necesario que publicáramos esta guía para reclamar la hipoteca inversa si solo presentara beneficios.

En primer lugar hay que tener en cuenta que esta clase de hipotecas, aunque lo parezcan, no son productos sencillos. Es importante que el prestatario entienda cómo se están valorando su vivienda y el capital entregado.

Además, deben conocerse sus implicaciones en el proceso hereditario. Por tanto, el asesoramiento previo es fundamental, y puede abarcar no solo al prestatario sino también a sus herederos.

En este sentido cabe destacar que las comisiones de desistimiento, compensaciones por riesgo y otros gastos asociados a la cancelación anticipada pueden hacer el negocio poco recomendable. Aunque el prestatario siempre podrá amortizar su hipoteca en vida, el coste de la operación podría hacerla poco aconsejable.

Por otro lado, es importante que el hipotecado entienda las consecuencias de vivir más tiempo del pronosticado por el banco. Esto implicaría la pérdida repentina de poder adquisitivo, ya que dejaría de percibir rentas.

Como hemos dicho, existen instrumentos como los seguros de rentas vitalicias para prevenir esta desagradable situación. Sin embargo, estas pólizas suelen tener un coste muy elevado (pueden llegar a consumir un tercio del capital prestado). De hecho, han sido uno de los principales motores para reclamar hipotecas inversas.

Por último, la inflación y la evolución de mercado conllevan dos efectos:

  1. La devaluación de las rentas. Dado que las rentas de una hipoteca inversa no se actualizan, irán perdiendo valor con el tiempo.
  2. El encarecimiento de la amortización. Dado que la amortización del préstamo implica el pago de capital más intereses y gastos, a los herederos no les interesará rescatar la vivienda en el momento sucesorio salvo que tenga un gran valor sentimental (perdiendo dinero) o el mercado inmobiliario haya subido más que el precio de la hipoteca.

¿Cómo se solicita la hipoteca inversa?

La Ley 41/2007 ha impulsado la transparencia del procedimiento de solicitud, teniendo en cuenta la relevancia de la operación y la vulnerabilidad de los colectivos a los que está destinada. Aunque estas medidas no garantizan al 100 % la protección de los consumidores, sin lugar a dudas les facilitan la posibilidad de reclamar su hipoteca inversa si acaba causándoles un perjuicio.

A la hora de solicitar uno de estos instrumentos el banco se asegurará de que la vivienda pertenezca al solicitante. Si estuviera hipotecada exigirá la previa amortización de la hipoteca previa. También comprobará el cumplimiento de los restantes requisitos, que detallamos más adelante.

Posteriormente se procederá a la tasación, que podría representar un coste de unos 400 – 600 euros de media. Obtenido el valor de la vivienda se cotejará con la esperanza de vida del solicitante para determinar el capital a prestar.

En este momento se deberá seleccionar el tipo de hipoteca a contratar. Básicamente, en España se trata de elegir un pago único o periódico. A partir de este momento se producirá el abono del capital.

Si optó por el pago de cuotas, el prestatario irá recibiéndolas durante la vida de la hipoteca, pudiendo darse alguno de estos escenarios:

  1. Que el propietario fallezca antes del plazo pronosticado por el banco. En este caso los herederos podrán elegir entre hacerse cargo del préstamo o permitir al banco la ejecución hipotecaria, perdiendo la vivienda.
    El capital a amortizar coincidirá con la cantidad total prestada más gastos e intereses. La cancelación no puede suponer el pago de comisiones. Además, en caso de que los herederos decidan no recuperar la vivienda, la capacidad de recobro del banco quedará limitada por el caudal hereditario.
  2. Que el propietario sobreviva al plazo pronosticado por el banco. En este caso dejará de cobrar las cuotas hipotecarias. Lo que implica que, salvo que haya contratado un seguro de rentas vitalicias, dejará de obtener esos ingresos extra.

En cualquier caso, durante la vigencia de la operación el hipotecado podrá vivir en su casa, alquilarla o disponer de ella como considere. Eso sí, la venta requerirá la previa cancelación de la hipoteca, lo que lleva gastos, compensaciones y comisiones asociadas. De lo contrario, el banco podría exigir el vencimiento anticipado o la sustitución de la garantía.

Requisitos para solicitar una hipoteca inversa

Lo primero que hay que tener en cuenta para iniciar la solicitud es si se cumplen o no los requisitos establecidos en la D.A.ª de la Ley 41/2007. Y es que estos productos no quedan al libre arbitrio de las entidades financieras sino que, como veremos en el apartado sobre “cómo reclamar la hipoteca inversa”, se integran en un exigente marco regulatorio.

Así, nuestro Ordenamiento Jurídico exige:

  • La propiedad sobre el inmueble, que para gozar de la plenitud de ventajas debe ser la vivienda habitual del hipotecado.
  • Las circunstancias de vulnerabilidad en el solicitante:
    • Edad igual o superior a los 65 años.
    • Discapacidad igual o superior al 33 %.
    • O situación de dependencia.
  • Concesión del crédito en una o varias cuotas, solo exigibles al fallecimiento del prestatario o el último de los beneficiarios. Esto implica que es imposible promover una ejecución hipotecaria antes de este momento.
  • Previa tasación de la vivienda y aseguramiento contra daños.
  • Cumplimiento de las condiciones de contratación que incluyen un servicio de asesoramiento independiente y el respeto a la Orden EHA 2899/2011.
  • Límites al cobro de la entidad bancaria:
    • La cuantía del recobro viene limitada por el valor de los bienes de la herencia. Es decir, si el heredero decide recuperar la casa podrá perder lo que le corresponda en herencia para pagar la amortización del préstamo, pero su patrimonio personal no quedará comprometido.
    • Cancelación libre de compensaciones. Lo que impide al banco cobrar gastos extra por la cancelación de la hipoteca, salvo que sea anticipada.

Proceso de contratación de la hipoteca inversa

Cuando vayamos a solicitar la hipoteca inversa, el banco deberá proporcionarnos asesoramiento independiente. Es el apartado cuarto de la Disposición Adicional Primera de la Ley 41/2007 quien impone esta obligación a las entidades de crédito.

Tal asesoramiento independiente debe prestarse mediante los mecanismos y condiciones determinados por el Ministerio de Economía y Hacienda. Así, deberá tener en cuenta:

  • La situación financiera del solicitante.
  • Y los riesgos económicos derivados de esta clase de hipotecas.

Por tanto, la falta de este asesoramiento puede determinar la posibilidad de reclamar la hipoteca inversa por error en el consentimiento y falta de transparencia.

¿Cómo elijo la opción que más me interese?

En este momento seleccionaremos la modalidad de nuestra hipoteca inversa, que puede ser:

  • Iump sum o de importe único. El banco nos ofrecerá el pago de un capital determinado por el importe de nuestra vivienda. Este capital no deberá devolverse hasta el fallecimiento, aunque irá generando intereses.
  • Mensual. En este caso, el capital se dividirá en un número determinado de mensualidades, que dependerán de nuestra esperanza de vida. Alcanzado el valor máximo del préstamo cesarán las rentas hipotecarias. Lo que puede prevenirse mediante la contratación de un seguro de rentas vitalicias.
  • Otras. aunque todavía no se utilicen en España, en los mercados anglosajones existen otras modalidades de hipotecas inversas. Por ejemplo, el sistema draw-down, que consiste en una línea de crédito y permite un mayor control sobre la cantidad a amortizar por los herederos.

Cómo reclamar la hipoteca inversa

El marco jurídico a considerar para reclamar una hipoteca inversa está compuesto, principalmente, por las siguientes normas:

  • Ley 41/2007, por la que se modifica la Ley 2/1981, de 25 de marzo, de Regulación del Mercado Hipotecario y otras normas del sistema hipotecario y financiero, de regulación de las hipotecas inversas y el seguro de dependencia y por la que se establece determinada norma tributaria. Regula los requisitos de acceso a las hipotecas inversas.
  • Ley 2/2009, de 31 de marzo, sobre contratos de préstamo o crédito. Regula la comercialización de las hipotecas inversas, junto a la Orden EHA2899/2011, de 28 de octubre, de transparencia y protección del cliente de servicios bancarios.
  • Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil (LEC). Regula los aspectos procesales de la ejecución hipotecaria. Se trata, por tanto, de la norma que determina el proceso para reclamar la hipoteca inversa.
  • Ley Hipotecaria y su Reglamento. Regulan los aspectos materiales de la ejecución hipotecaria.

¿Por qué motivos se puede reclamar la hipoteca inversa?

Tras echar un vistazo a la normativa referenciada se comprobará que los bancos tienen importantes obligaciones de información y transparencia a la hora de comercializar sus productos más complejos. Y en este caso nos encontramos ante un producto que presenta importantes riesgos.

Pese a que muchos publicistas financieros insisten en señalar estos préstamos como seguros y fáciles de comprender, lo cierto es que algunos de los prestatarios no terminan de comprender las consecuencias jurídicas y sobre todo, económicas, de la operación.

Esta falta de comprensión puede constituir un error en el consentimiento, lo que permite reclamar la hipoteca inversa para anularla.

Aunque los bancos se cuidan mucho de este tipo de reclamaciones, lo cierto es que cuando el producto se comercializa sin la transparencia debida suele convenir entablar actuaciones judiciales. Decimos que se cuidan porque las hipotecas inversas están destinadas a un público tendencialmente vulnerable.

Esto puede conducir a que el banco trate de “tapar” su abuso ofreciendo un acuerdo al afectado, a fin de reducir el impacto sobre su reputación. Pero la experiencia demuestra que los acuerdos propuestos por los bancos tienden a ser insuficientes. Por eso es importante contar con un abogado con experiencia en la materia, que pueda ayudar al afectado a estudiar con perspectiva la oferta que haya realizado el banco.

En cualquier caso, estos productos financieros también pueden impugnarse a consecuencia de la abusividad de los servicios que lleven asociados, siendo el más frecuente el propio seguro de rentas vitalicias. Además, parte del clausulado de la escritura del préstamo puede contener estipulaciones abusivas, como las clásicas cláusulas de gastos.

Algunos de los motivos para anular las hipotecas inversas que han prosperado hasta la fecha

Actualmente existen numerosas Sentencias que han anulado este tipo de productos. Las razones siempre orbitan en torno a la abusividad de su clausulado o la falta de información.

Por ejemplo, en ocasiones se ha demostrado que los bancos han incluido instrumentos de cobertura (seguros de rentas o seguros de vida obligatorios) contra la voluntad del prestatario. De hecho, en muchos casos se han comercializado los seguros de vida o de rentas junto a la hipoteca como si se tratara de la misma operación, reduciéndose así las posibilidades de que el cliente rechazara los productos asociados. Incluso ha habido situaciones en las que el banco ha colocado seguros de rentas vitalicias a clientes en estado terminal.

En otras ocasiones se ha descubierto que el móvil del banco era la apropiación del activo hipotecado, o la obtención de un lucro derivado de la devaluación del crédito. Y también ha sido recurrente la anulación del préstamo o parte de su escritura a causa de la inclusión de cláusulas abusivas, que establecían un desequilibrio perjudicial para el cliente.

¿Qué puedes ganar al reclamar tu hipoteca inversa?

La declaración de nulidad de un préstamo hipotecario conlleva la indemnización de los daños y perjuicios derivados del contrato. Estos daños y perjuicios se materializan en:

  • Gastos y comisiones abonados por puro desconocimiento.
  • Pérdida patrimonial ocasionada por la operación.

¿Quién puede reclamar la hipoteca inversa?

La vulnerabilidad del colectivo al que va dirigido este producto financiero y su propia mecánica (la amortización del crédito solo se exige una vez fallecido el beneficiario) conllevan una problemática.

Y es que en muchas ocasiones no es el propio beneficiario quien decide entablar acciones judiciales. Esto puede ocurrir porque no tenga ganas, recursos o energías para litigar o, simplemente, porque se haya descubierto el verdadero impacto económico de la hipoteca una vez ha fallecido, durante la tramitación de su proceso sucesorio.

Evidentemente, el beneficiario podrá reclamar su hipoteca inversa siempre que se haya comercializado subrepticiamente, faltando a la buena fe y a las exigencias de información completa, clara y transparente. Pero, dado que los efectos de la operación pueden manifestarse tras la muerte del beneficiario, también sus herederos podrán reclamar la hipoteca inversa.

¿Cómo averiguo si puedo reclamar mi hipoteca inversa?

La mejor forma de averiguar si una reclamación contra una hipoteca inversa tiene visos de prosperar es acudir a un abogado con experiencia en Derecho Hipotecario. La familiaridad de estos especialistas con las prácticas bancarias abusivas les permitirá determinar las expectativas de éxito de la reclamación con precisión.

¿Y qué pasos debo seguir si puedo reclamar mi hipoteca inversa?

Cuando el abogado especialista examine la escritura hipotecaria podrá trazar la mejor estrategia procesal. Este tipo de reclamaciones siempre empieza extrajudicialmente mediante un requerimiento a la entidad financiera.  En caso de no obtenerse una solución fuera de los tribunales se podrá presentar la correspondiente demanda.

De modo que para realizar estos trámites, el hipotecado deberá reunir toda la documentación que necesite el abogado, que incluirá:

  • Escritura de la hipoteca.
  • Recibos y justificantes de pagos.
  • Tasación del perjuicio sufrido.
  • En su caso, contratos de los servicios asociados a la hipoteca, como los seguros que haya conseguido colocar el banco.

Reunida toda la documentación se podrán iniciar las reclamaciones, en sus sucesivas etapas (extrajudicial y judicial). En este sentido cabe recordar que la experiencia del asesor jurídico elegido será determinante para lograr el éxito de la reclamación.

Y es que, aunque la exigencia de información y transparencia ayuda a defender los derechos de los consumidores, lo cierto es que la reclamación de una hipoteca inversa no siempre es sencillo.

Resumen: ventajas y desventajas de la hipoteca inversa… y cómo anularla

En definitiva, la hipoteca inversa es un producto complejo con diferentes ventajas y desventajas. La posibilidad de liquidar la vivienda habitual mientras se sigue disponiendo de ella parece muy interesante a personas cuyas pensiones son reducidas o que sufren un aumento de gastos (ingresos en residencias, terapias sanitarias…).

De hecho, el mercado español parece el más indicado para introducir este tipo de productos, cuyas únicas resistencias son nuestro corte cultural y la mala reputación bancaria tras sus prácticas abusivas durante la crisis. Mala reputación que se ha continuado alimentando, al comercializar de forma opaca este tipo de productos.

De modo que tanto el hipotecado como sus herederos deben saber que pueden reclamar la hipoteca inversa siempre que incluya estipulaciones abusivas o se haya comercializado sin explicar adecuadamente sus consecuencias económicas y jurídicas.

En estos casos estamos ante supuestos de error en el consentimiento, que permiten anular la hipoteca y exigir una indemnización por los perjuicios que haya causado la operación. Y para garantizar el éxito de estas reclamaciones, lo mejor es acudir a despachos con experiencia en Derecho Bancario.

En nuestro caso, llevamos años combatiendo las prácticas bancarias abusivas y defendiendo los intereses de nuestros clientes, afectados por productos financieros viciados. De modo que si necesitas reclamar tu hipoteca inversa, no tienes más que contactar con nosotros para que estudiemos la viabilidad de su anulación.

 Consulte su caso ahora

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

*