El Consejo de Ministros aprobó el viernes el informe previo al anteproyecto de reforma del Código Penal, que incluye nuevas penas por delitos económicos.
Se endurecen las penas para los casos de incendio forestal y se introduce la prisión permanente revisable.
En cuanto a lo relacionado con los delitos económicos, se agravan las penas por delitos contra la propiedad industrial, diferenciando por un lado entre importadores y distribuidores mayoristas, para los que se incrementen las penas mientras que para el detallista se aminora el castigo.
Con el objetivo de perseguir con más eficacia los delitos relativos a las bancarrotas, se tipifican las conductas de obstaculización de la ejecución y ocultación de bienes. Se pretende así reforzar la protección de los acreedores.
En cuanto a las insolvencias punibles del artículo 257 del Código Penal, el gobierno pretende tipificar el ocultamiento de bienes, intentando que en caso de que el deudor venga a mejor fortuna, se lo piense antes de ocultar esos bienes, para que el artículo 1.911 del Código Civil se cumpla en toda su extensión (“del cumplimiento de sus obligaciones responde el deudor con todos sus bienes presentes y futuros”).
Se amplía el ámbito de las insolvencias punibles a los administradores concursales, que también podrán ser condenados por malversación y cohecho.
En conclusión, será necesario esperar al texto definitivo para ver los detalles de la reforma, pero lo que si parece claro es que se va a incrementar la responsabilidad tanto de los administradores de las empresas, como de los administradores concursales.
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