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¿Cómo reclamar un estructurado aunque sea experto financiero?

 reclamar estructurados

En algunos productos estructurados, se incumplió el contrato al no aplicar las medidas antidilución. Esto permite reclamar a cualquier inversor independientemente de su perfil y de la información proporcionada

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En  la última década, se comercializaron masivamente depósitos o bonos estructurados, contratos financieros atípicos y similares, en los que el resultado de la inversión dependía de la cotización del subyacente.  Muchos de ellos, tenían como subyacente las acciones de un banco como el Santander.  En dichos productos, normalmente se incluía una cláusula “antidilución” en la cual se preveía que si la empresa hacía operaciones estructurales (normalmente ampliaciones de capital), se tendría que recalcular la fórmula de canje.

No obstante, en la gran mayoría de los casos, dicho recálculo no se hizo.  Es especialmente llamativo  el caso del Banco Santander: Veámoslo con un ejemplo:  Entre 2011 y 2013, prácticamente todos los trimestres el Banco Santander hacía una ampliación de capital.  A fecha 1 de febrero de 2011, su capital social  estaba formado por  8.440.275.004 acciones.   En caso de que un producto estructurado, se liquidase con entrega de acciones, el cliente recibiría acciones de una empresa cuyo capital estaba dividido entre 8.440.275.004 acciones.

No obstante, el Banco fue realizando ampliaciones de capital el 3 de noviembre de 2011, 30 de diciembre de 2011,  1 de febrero de 2012, 3 de mayo de 2012, 8 de junio de 2012, 6 de julio de 2012, 1 de agosto de 2012, 8 de agosto de 2012, 7 de septiembre de 2012, 5 de noviembre de 2012 , y  31 de enero de 2013.

En abril de 2013 el capital del banco estaba dividido entre 10.538.683.145 acciones.   

Si un cliente adquirió en 2011 productos estructurados teniendo como subyacente la acción de Banco Santander, existía la posibilidad   de recibir acciones de un Banco, cuyo capital estaba compuesto por  8.440.275.004 acciones.   Si en 2013, el producto se liquida y se le entregan acciones por estar su precio por debajo de la «barrera», en ese momento el capital de la entidad estaba compuesto por  10.538.683.145 acciones.   El capital se había diluido en un 24’86%. 

Es evidente que si el capital de una empresa está dividido entre más acciones, cada acción vale menos.  

 Normalmente, dicha estipulación se recogía en el propio contrato.  Adjuntamos como ejemplo un recorte de uno de ellos: 

clausula antidilucionSi el Banco hubiese cumplido el contrato y aplicado la cláusula “antidilución” se debería haber entregado aproximadamente un 24% más del número de acciones  inicialmente estipuladas.

Lo más importante de este  enfoque es que permite reclamar por el incumplimiento contractual a cualquier inversor, independientemente de su perfil y de la información que pudieron proporcionarle sobre el producto:  No es relevante que tuviesen otras inversiones de riesgo ni que fuesen considerados “expertos financieros”, ni las explicaciones ni documentos que le pudieron dar:  Cualquier inversor puede reclamar el cumplimiento del contrato.

El plazo para reclamar el cumplimiento, en la gran mayoría de los casos finalizará en octubre de 2020.

Y como muestra de dicho planteamiento, traemos a colación la sentencia del Juzgado de Fuengirola nº 5  de 17 de enero de 2019.  Dirigió el procedimiento  el compañero Jose Antonio Ballesteros, letrado de referencia en esta materia.

Antecedentes

Los clientes  habían invertido 50.000 euros en un depósito estructurado a través  de Bankinter, que tenía como subyacente la acción de  Banco Santander.  Consta probado que antes de la contratación, los clientes habían recibido el correspondiente folleto explicativo del producto. En dicho folleto consta que se trataba de un producto sin capital garantizado, de riesgo elevado, en el que se podría perder hasta el 100% del capital.

Llegado el vencimiento, al estar la acción de Banco Santander por debajo de la barrera, a los clientes solamente les devolvieron 24.550 euros  el 10 de mayo de 2016.  Habían perdido 25.450 euros.

Así que ante la imposibilidad de llegar a un acuerdo, se interpuso demanda contra Bankinter.

Primera instancia

Como acción principal se solicitó la condena a Bankinter a cumplir correctamente con el contrato  “Depósito Valor Financiero Concierto” suscrito el 4 de mayo de 2011, ajustando el valor del subyacente, la citada acción del Banco Santander, en función de las ampliaciones de capital realizadas:  De esta manera el banco tendría indemnizar con 50.000 euros, más los intereses previstos.  

Subsidiariamente se ejercitó la acción de anulación por error en el consentimiento.

A la vista del informe pericial y de los folletos aportados, el Juzgado considera que debieron hacerse los ajustes antidilución previstos y por tanto, estima la demanda ejercitada con carácter principal y condena a Bankinter al cumplimiento, abonando la diferencia de 52.450 euros a favor de los clientes, con imposición de costas al Banco.

Una nueva vía para reclamar productos estructurados

En definitiva, los clientes que sufrieron pérdidas por la contratación de productos estructurados, independientemente de su perfil, incluso con inversiones de un volumen considerable, tienen la posibilidad de reclamar el cumplimiento del  contrato, la aplicación de los mecanismos antidilución y por tanto, la recuperación de su dinero.

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