Categorías
Blog CASER Casos (sentencias) Seguro Responsabilidad Administradores y Directivos (D&O) Seguro responsabilidad adminstradores Seguros

Seguro de Responsabilidad de Directivos y Cuestionario

abogado seguro responsabilidad directivos.

La falta de veracidad en la declaración del riesgo en seguro de responsabilidad civil de administradores y directivos

 

Consulte gratis su caso ahora

La falta de veracidad en la declaración del riesgo en seguros de responsabilidad civil de altos cargos supone un incumplimiento del deber de declaración del art. 10 LCS

En los seguros de responsabilidad civil de administradores y directivos, el art. 10 de la LCS impone al tomador el deber de declarar de acuerdo con lo preguntado en el cuestionario.  En este, se concretan las circunstancias que pueden influir en la valoración del riesgo en el momento de suscribir el contrato de seguro de responsabilidad civil.

La Sección 8ª de la Audiencia Provincial de Valencia se ha pronunciado sobre esta cuestión en la Sentencia de 07 de abril de 2022, con nº de Resolución 165/2022, desestimando el recurso de apelación interpuesto por un ex miembro del Consejo de Administración de la CAM, contra la Sentencia dictada por el Juzgado de Primera Instancia nº 16 de Valencia de fecha 19 de abril de 2021. En esta resolución recurrida, el órgano judicial desestimó la demanda interpuesta por la parte actora, absolviendo a la aseguradora demandada.

Antecedentes de hecho

En fecha 1 de octubre de 2010, D. Constancio, miembro del Consejo de Administración de la CAM entre los años 2009 a 2011, suscribió con la entidad CASER, S.A. un contrato de seguro de responsabilidad civil de administradores y directivos.

Posteriormente, D. Constancio, ya como ex miembro del Consejo de Administración de la CAM, interpuso demanda de juicio ordinario contra la aseguradora CASER, S.A., suplicando se condenase a la demandada al pago de 51.961,78 euros, abonados por la parte actora en concepto de honorarios de defensa jurídica. Estos honorarios habían sido generados durante el procedimiento abreviado 74/2016 del Juzgado de Instrucción nº 5 de Alicante, seguido contra 20 miembros del Consejo de Administración de la CAM. Algunos de los miembros, entre ellos la parte actora, fueron absueltos por Sentencia de la Audiencia Provincial de Alicante de fecha 15 de noviembre de 2018.

Por su parte, la aseguradora demandada CASER, S.A. se opuso a la demanda. La entidad alegó, en esencia, que el tomador del seguro, esto es, la CAM, había incurrido en falsedad y ocultación en la declaración de riesgo, ya que desde 2008 estaba siendo investigada por el Banco de España. Asimismo, la aseguradora sostuvo que el límite de la póliza (15.000.000 euros) había sido consumido en las fianzas exigidas a los miembros del Consejo de Administración de la CAM por la Audiencia Nacional.

Primera Instancia

El Juzgado de Primera Instancia nº 16 de Valencia dictó Sentencia el 19 de abril de 2021 por la que desestimó la demanda interpuesta por el ex miembro del Consejo de Administración de la CAM, absolviendo a la aseguradora demandada. La parte demandante recurrió en apelación la sentencia.

Audiencia Provincial

El recurso de apelación se articuló, básicamente, en torno a los siguientes motivos: de una parte, error en cuanto a la valoración de los hechos y de la prueba por parte del órgano judicial de Primera Instancia; y, de otra parte, incongruencia y falta de motivación de la sentencia recurrida.

El órgano judicial compartió el fallo de la sentencia recaída en primera instancia, al entender que se había producido ocultación por parte del tomador en la declaración de riesgo al suscribir el seguro de responsabilidad civil de altos cargos. Para la Audiencia Provincial, la parte recurrente faltó a la verdad cuando la misma afirmó que desconocía que la CAM estaba siendo investigada.

En la pregunta 15 del cuestionario, el 29 de septiembre de 2010 se preguntó al Director General:

«Indique si existe algún hecho o circunstancia conocido por la Sociedad, sus Filialeso Participadas o alguna de las personas para las que se solicita este seguro que pudiera dar lugar a unareclamación en su contra.»

A lo cual contestó:

«no se tiene conocimiento que exista ningún hecho que pudiera dar lugar a la reclamación en contra de la entidad, sus filiales o participadas, o alguna de las personas para las que se solicita este seguro.»

Sin embargo, la entidad era investigada por el Banco de España desde 2008.

Por ello, la falta de veracidad en la declaración del riesgo de conformidad con lo dispuesto en el cuestionario se considera como una conducta dolosa o culposa por parte del tomador, que libera a la entidad aseguradora de su prestación, porque de haber sido conocidas por CASER, S.A. tales circunstancias, no se hubiese consumado el citado contrato de seguro. Así lo dispone la Sección 8ª de la Audiencia Provincial de Valencia:

Se aprecia, pues, con meridiana claridad, la falta de veracidad de la declaración de riesgo realizada por D. Constancio, en representación de la CAM, que era la tomadora del seguro, sin que sea oponible que la ocultación de datos no era imputable al actor, y que la aseguradora tenía que haberse asegurado de que la información facilitada por el Director General fuera cierta”.

Conclusión

En los seguros de responsabilidad civil de administradores y directivos, el art. 10 de la LCS impone al tomador el deber de declarar conforme a lo dispuesto en el cuestionario, en el cual se exponen las circunstancias que pueden influir en la valoración del riesgo en el momento de suscribir el contrato de seguro de responsabilidad civil. La falta de veracidad u ocultación en la declaración del riesgo puede considerarse como conducta culposa o dolosa del tomador, lo que libera a la aseguradora de su obligación de indemnización.

Consulte gratis su caso ahora

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

*