El incumplimiento de los deberes de información por parte del banco puede ser título suficiente para la indemnización por los daños y perjuicios causados.
La Audiencia Provincial de Valencia ha conformado la nulidad de la suscripción de un Bono Estructurado con Bankinter en sentencia de 16 de septiembre de 2015.
Para el Tribunal supremo, la falta de prueba sobre la información debe perjudicar a la entidad financiera y los cuatro años de caducidad no empiezan a correr hasta que se tuvo conocimiento del error.
Utilizamos cookies propias y de terceros para mejorar la experiencia de navegación. Si continúa navegando, consideramos que acepta su uso.AceptarPolítica de cookies
Política de cookies
Resumen de privacidad
Este sitio web utiliza cookies para mejorar su experiencia mientras navega por el sitio web. De estas, las cookies que se clasifican como necesarias se almacenan en su navegador, ya que son esenciales para el funcionamiento de las funcionalidades bás...
Las cookies necesarias son absolutamente esenciales para que el sitio web funcione correctamente. Estas cookies garantizan funcionalidades básicas y características de seguridad del sitio web, de forma anónima.
Any cookies that may not be particularly necessary for the website to function and is used specifically to collect user personal data via analytics, ads, other embedded contents are termed as non-necessary cookies. It is mandatory to procure user consent prior to running these cookies on your website.